BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO

Sorteo de entradas para la final de TC en San Juan

  1. Organizador

Esta promoción, denominada sorteo de par de entradas para la final del TC en San Juan (en adelante, la “Promoción”), es organizada por Corven Motors Argentina S.A., CUIT 30-71027733-4, con domicilio en la calle Marcos Ciani 2220, Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, (en adelante, el “Organizador) se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases” y/o los “Términos” indistintamente).

  1. Vigencia

La Promoción se desarrollará en el territorio de las Provincias de San Juan y Mendoza exclusivamente (en adelante, el “Territorio”), a partir del día miércoles 23 de noviembre de 2023 hasta el día miercoles 29 de noviembre de 2023 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”).

  1. Participantes

Podrán participar en la Promoción las personas humanas mayores de 18 años en su con domicilio y residencia en el Territorio y que cumplan con el mecanismo de participación indicado en estas Bases (en adelante, los “Participantes”).

  1. Exclusiones

No podrán participar de la Promoción las personas jurídicas, personas humanas menores de 18 años, los empleados o directivos del Organizador, del Auspiciante, ni demás personas que el Organizador y/o el Auspiciante contraten para proveer cualquier producto o cualquier servicio relacionado con la Promoción, ni aquellas habitantes de la Nación Argentina que residan fuera del Territorio.

  1. Mecánica de Participación

5.1. Los interesados en participar de la Promoción deberán dentro del Plazo de Vigencia seguir las indicaciones de las publicaciones que promuevan la Promoción y se efectúen en exclusivamente la cuenta oficial de Instagram del Organizador (@corvenmotos) (en adelante, la “Cuenta CMA”), es decir, darle follow a la Cuenta IG, darle like a cada publicación y arrobar a un amigo. La cuenta del amigo también deberá seguir a la Cuenta CMA.

5.2. Se deja expresa constancia que la Promoción es sin obligación de compra.

  1. Selección de potenciales ganadores

6.1. El Organizador conformará una base con los registros de los Participantes a lo largo del Plazo de Vigencia y seleccionará a los Potenciales Ganadores mediante un programa informático especializado: llamado instasorteos (en adelante, el “Sorteo”).

6.2. En el Sorteo serán seleccionados 2 (dos) potenciales ganadores (en adelante, el “Potencial Ganador”), y 2 (dos) potenciales ganadores suplentes (en adelante los “Potenciales Ganadores Suplentes”), para el caso de que quien resulte Potencial Ganador en primer término, no cumpliera con los requisitos de asignación establecidos en las presentes Bases.

  1. Premio y Sorteo

7.1. Los Participantes que sigan la mecánica antes descripta, tendrán la posibilidad de ganar 1 (uno) par de los 2 (dos) pares de entradas disponibles (en adelante, el “Premio”) por cada Ganador Potencial seleccionado para asistir a la final del Turismo de Carretera en el circuito San Juan Villicum (en adelante, el “Evento”) que tendrá lugar en el Parque Industrial Villicum, ruta 40 norte, Provincia de San Juan (en adelante, “El autódromo”) el día 3 de diciembre de 2023.

Los Premios se sortearán el día 29/11/2023.En cada oportunidad se sorteará un (1) par de entradas a Boxes y un (1) par de entradas generales.

7.2. Se deja establecido que el Premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, en ningún caso y sin excepción alguna.

7.3. Los Participantes de la presente Promoción aceptan, que el Premio se encuentra sujeto a las disposiciones que establezcan los distintos organismos públicos y privados, como ser, pero no limitado al Gobierno Nacional Argentino.

7.4. El Premio es intransferible, por ende, la inscripción registral deberá efectuarse a nombre del Ganador.

7.5. El Premio no incluye tasas, impuestos, viáticos, ni gastos adicionales ordinarios ni extraordinarios que no se encuentre específicamente detallado en esta cláusula. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador y/o terceros con motivo y/u ocasión del goce del Premio, su modificación y/o reprogramación por parte de los organizadores del Evento, ni antes, durante o después del desarrollo del Evento en cuestión.

7.6. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicios que no sean los enumerados en estas Bases y no podrán ser canjeados por su equivalente en dinero u otro bien o servicio, ni ser transferido a terceros. Ningún Premio podrá ser intercambiado o comercializado, no pudiendo ser reclamado por otra persona que no sea el Ganador.

7.7. Los Potenciales Ganadores seleccionados del Premio serán anunciados a través de los medios de difusión oficiales, sitios web, redes sociales oficiales de Corven Motors Argentina S.A. En esos anuncios se indicarán los pasos a seguir para la obtención del premio.

  1. Modificaciones

8.1. La participación en la Promoción implica el pleno conocimiento y la aceptación de los Participantes a las presentes Bases. Las decisiones del Organizador sobre todos y cada uno de los aspectos de la Promoción, incluyendo decisiones por cualquier cuestión no prevista en estos Términos, serán definitivas e irrevocables.

8.2. El Organizador se reserva el derecho de modificar, finalizar y/o cancelar la Promoción en caso de existir fraudes, dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera del control del Organizador que pudiera comprometer la integridad de la Promoción. El Organizador se reserva el derecho de interpretar las presentes Bases ante controversias y/o confusiones, circunstancia que los Participantes aceptan por el solo hecho de participar en el Concurso.

8.3. El Organizador podrá modificar la cantidad de premios ofrecidos, el modelo y/o el Plazo de Vigencia de la Promoción.

  1. Condiciones para la asignación del Premio

9.1. El Organizador requerirá al Potencial Ganador: a) Una copia escaneada de su Documento Nacional de Identidad vigente; b) otorgar una cesión de derechos de imagen a efectos de la realización de una sesión fotográfica y fílmica para difundir el resultado de la Promoción; c) cumplir con las demás condiciones establecidas en estas Bases para la asignación de los Premios.

9.2. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en estas Bases para la asignación del Premio provocará la pérdida automática e irrevocable del derecho de asignación del Premio al Potencial Ganador, sin derecho a reclamo alguno.

  1. Entrega de Premios

10.1. Una vez que los Ganadores sean anunciados, el Organizador los contactará a la dirección de contacto de la cuenta de Instagram del Ganador seleccionado haya proporcionado para comenzar con el proceso de entrega del Premio (en adelante, la “Cuenta Ganadora”).

10.2. Las instrucciones para la entrega del Premio se enviarán a la Cuenta Ganadora.

10.3. El Organizador entregará al Ganador un (1) par de entradas para asistir a Boxes y un (1) pares de entradas generales para asistir al Evento.

10.4. Correrán por cuenta del Ganador los costos para el retiro del Premio asignado, como así también el traslado hacia el Evento.

10.5. Se deja constancia que el Premio estará disponible para su retiro dentro de las 24 hs. hábiles desde el momento en que se comunica al Ganador Potencial que ha sido seleccionado como acreedor del Premio.

10.6. El Ganador cuenta con un plazo de 24 hs. hábiles para el retiro del Premio desde que el Organizador le comunica el resultado del Sorteo.

10.7. Para la entrega del Premio, los Ganadores deberá acreditar el cumplimiento de todos los requisitos estipulados en los presentes Términos.

 

  1. Impuestos y gastos

11.1. Estarán a cargo exclusivo del Ganador toda obligación impositiva y/o todo impuesto que deba tributar sobre o con relación al Premio y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al Estado Nacional, provincias o municipalidades. Todo gasto que pudiera surgir en relación o como consecuencia de la asignación del Premio será a exclusivo cargo del Ganador, así como también cualquier otro gasto adicional que no se encuentre expresamente previsto en estas Bases.

11.2. Todos los gastos, impuestos, contribuciones y tributos que surgieran con motivo u ocasión de participación en esta Promoción, la asignación, recepción y efectivización del Premio, serán a cargo del Ganador. Todo impuesto actual o futuro que grave al Premio y todo gasto que, por cualquier concepto y/o motivo, incurra el ganador, estarán a su exclusivo cargo.

  1. Responsabilidad

12.1. El Organizador no será responsable por ningún daño (personal o material), perjuicio o pérdida de cualquier tipo que fuere (directa, indirecta y/o consecuente) que pudieran sufrir los Participantes, Potenciales Ganadores, Potenciales Ganadores Suplentes, Ganador y/o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de la participación en la Promoción y/o adquisición del Premio y/o utilización de éste una vez que este haya sido obtenido.

12.2. Se deja constancia que, ante el surgimiento de circunstancias no imputables al Organizador, no previstas en estas Bases o que configuren caso fortuito o circunstancia de fuerza mayor, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción a su criterio, y no serán responsable por ningún daño o perjuicio derivado por dicha causa.

12.3. En los términos de estas Bases, las medidas gubernamentales que eventualmente puedan ser tomadas como consecuencia del brote del COVID-19 y/o cualquier otra situación sanitaria de similares características, configuran supuestos de caso fortuito/fuerza mayor.

  1. Notificación de condición de Potenciales Ganadores:

13.1 El Potencial Ganador del Premio será notificado de su condición conforme lo establecido en la cláusula 7.7.

Una vez se anuncien los ganadores, dichos ganadores tendrán plazo de cinco (5) días corridos desde la fecha de los anuncios para reclamar su premio.

13.2 Ante la falta de respuesta del Potencial Ganador en el plazo establecido en la presente cláusula, el Premio se transferirá al Potencial Ganador Suplente.

13.3 Las notificaciones que hayan sido de cualquier modo alteradas o adulteradas en las que no obren en los registros de seguridad previstos en estas Bases, o que no hayan sido registradas en el Software, o en las que se mencionan Premios distintos de los listados en estas Bases, o que hayan sido obtenidas ilegalmente o de cualquier otro modo diferente al establecido en estas Bases serán inválidas.

13.4. De constatar irregularidades en las notificaciones, el Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que considere pertinentes contra los responsables de la adulteración y/o cualquier tipo de fraude o modificación maliciosa en las notificaciones.

13.5. Ante la pérdida del derecho a la asignación del Premio por cualquiera de las causales previstas en estas Bases, el Premio correspondiente será considerado como no asignado. Los Premios no asignados si los hubiere, quedarán en propiedad del Organizador.

  1. Datos Personales

14.1 Por el sólo hecho de participar, los Participantes declaran expresamente que comprenden que los datos personales proporcionados al Organizador a fin de su participación en la Promoción serán aplicados a fin de administrar su participación en la Promoción y que, además, podrán ser utilizados para realizar acciones promocionales o de marketing directo.

14.2 Adicionalmente, los Participantes, por el mero hecho de participar, otorgan al Organizador, a título gratuito, de forma voluntaria, no exclusiva y con facultad de cesión a terceros, de forma total y/o parcial, todos los derechos de imagen, audio y/o video que surjan en virtud de la Promoción, los Sorteos, el Premio y el uso del Premio, para la edición, reproducción, difusión y comunicación pública mediante cualquier medio (incluido redes sociales y plataformas de comunicación interna de las citadas sociedades).

14.3 Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso y/o de solicitar la actualización, rectificación o supresión de todos o parte de éstos en forma gratuita por intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nro. 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con la relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Art 27, inc. 3 de la Ley 25.326: «El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo». Art 27, 3er párrafo de Decreto 1558/0: «En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información».

14.4. Para ejercer su derecho deberá el titular de los Datos Personales dirigir una nota a Marcos Ciani 2220, Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, o llamar al teléfono (0237) 466 9000, o enviar un correo electrónico a legales@corven.com.ar.

  1. Trampas, fraudes y engaños

15.1. El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción como así también no otorgar el Premio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.

15.2. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar de la Promoción. Asimismo, se prohíbe a los usuarios participar en la Promoción utilizando más de un tipo, versión o copia de software de navegación por vez.

15.3. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión sin excepción.

15.4. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción, sin necesidad de previo aviso.

15.5. En caso de detectar un uso fraudulento en la Promoción el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente.

  1. Aceptación de las Bases

La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de todas sus condiciones y sus modificaciones futuras, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

  1. Disponibilidad de las Bases:

Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia en el sitio web https://corvenmotos.com.ar/

  1. Probabilidad

La probabilidad matemática de acceder al Premio dependerá del registro por única vez de sus datos que informe los Participantes. Por ejemplo, si todos los participantes hubieran enviado un registro por un (1) durante el Plazo de Vigencia y se verifican 1.000.000 de chances, la probabilidad de resultar seleccionado será de 1 en 1.000.000.

  1. Legislación aplicable y Jurisdicción

19.1. Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes, potenciales ganadores, ganadores y el Organizador, se regirá por las leyes de la República Argentina.

19.2. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, se someterá a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios comerciales competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.